• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: ROBERTO GARCIA CENICEROS
  • Nº Recurso: 755/2023
  • Fecha: 11/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: NURIA BONO ROMERA
  • Nº Recurso: 998/2024
  • Fecha: 11/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: JOSE MANUEL RIESCO IGLESIAS
  • Nº Recurso: 2049/2023
  • Fecha: 11/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: OTROS DCHOS. SEG.SOCIAL
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: EMILIO ALVAREZ ANLLO
  • Nº Recurso: 2209/2023
  • Fecha: 11/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El trabajador ha tenido suspendido el contrato de trabajo por ERTE Covid percibiendo prestación de desempleo de 15.03.2020 a 01.07.2020 y de 02.07.2020 a 31.03.2022. La relación laboral se extinguió por despido objetivo el 29-12-2022, siéndole reconocida prestación de desempleo correspondiente a 1.676 días cotizados, 540 días de derecho y 434 días consumidos. Tras advertir que el Tribunal Supremo ha resuelto que el periodo de percepción de prestaciones de desempleo por ERTE Covid no se computa a efectos de un nuevo derecho como tiempo de ocupación cotizado, estima la pretensión y reconoce el derecho a percibir la prestación por desempleo en periodo de 720 días, porque la normativa Covid establece que no se computarán en ningún momento como consumidas las prestaciones por desempleo disfrutadas durante los expedientes de suspensión por causa del Covid, cuando accedan a un nuevo derecho.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARLOS LESMES SERRANO
  • Nº Recurso: 89/2024
  • Fecha: 11/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Responsabilidad patrimonial por daños derivados de las medidas de contención adoptadas tras la declaración del primer estado de alarma durante la pandemia COVID-19. La Sala inadmite el recurso en la medida en que considera probada la no presentación de la oportuna reclamación administrativa ante el órgano competente para conocerla, procede acordar la inadmisión del presente recurso, en virtud de lo dispuesto en el artículo 69, letra c) de la Ley Jurisdiccional, en tanto la parte actora no dirigió su reclamación previa individualizada contra aquella sino exclusivamente, contra la Comunidad Autónoma del País Vasco, la consecuencia debe ser la declaración de inadmisibilidad del recurso entablado por inexistencia de acto impugnado, ya que en virtud de la delegación, las disposiciones dictadas por el Gobierno Vasco, se consideran dictadas por el Consejo de Ministros
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA JOSE DE LA VEGA LLANES
  • Nº Recurso: 850/2021
  • Fecha: 11/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: ANGEL JUDEL PRIETO
  • Nº Recurso: 906/2024
  • Fecha: 11/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: FALSIFICACIÓN DOCUMENTOS PÚBLICOS
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: ELENA LUMBRERAS LACARRA
  • Nº Recurso: 805/2024
  • Fecha: 11/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Valencia
  • Ponente: MARIA ANGELES BARONA ARNAL
  • Nº Recurso: 1171/2024
  • Fecha: 11/11/2024
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: AGUSTIN PICON PALACIO
  • Nº Recurso: 1245/2022
  • Fecha: 11/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso interpuesto contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional que desestima las reclamaciones económico-administrativas relativas a las declaraciones del Impuesto sobre el Valor Añadido de varios ejercicios y de imposición de sanciones tributarias, se invocaban como causas de anulación: existencia de un expediente incompleto; superación del plazo máximo de duración de las actuaciones inspectoras y sus consecuencias; vulneración de la doctrina establecida por el Tribunal Supremo en aquellas actuaciones inspectoras que implican o suponen la vulneración de la protección del domicilio constitucionalmente protegido; extralimitación en la recogida de la documentación sobre los datos autorizados por el auto judicial e improcedencia de la aplicación del régimen de estimación indirecta y no procedencia de la sanción impuesta. Se rechaza por la Sala que se haya producido ninguna extralimitación en cuanto a la documentación sensible ya que se ha examinado la facturación, ni ha existido vulneración del domicilio, ya que la entrada en el lugar del trabajo fue facilitada por el obligado tributario, se rechaza igualmente la indebida aplicación del régimen de estimación de la base imponible, ni el procedimiento tributario haya durado más del tiempo legalmente establecido, ya que no existe un procedimiento preexistente abierto, por último se confirman las sanciones por cuanto se ha cometido la infracción por medio de una conducta dolosa.

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